
Tegucigalpa. – En una decisión que marca un endurecimiento sin precedentes en la política criminal del país, el Congreso Nacional aprobó este martes, mediante la dispensa de dos debates, la «Ley Especial para el Fortalecimiento del Marco Penal y Procesal en el Combate a Asociaciones Terroristas, Maras y Pandillas», la cual establece penas severas que oscilan entre los 30 y 40 años de prisión para integrantes de estas estructuras, elevando las condenas hasta la cadena perpetua para los cabecillas y financistas.
La normativa fue ratificada con el respaldo de 118 diputados, mientras que 10 congresistas del Partido Libertad y Refundación (Libre) se abstuvieron. Según el dictamen presentado el 27 de octubre de 2026, la reforma tiene como objetivo central desarticular las organizaciones criminales, neutralizar sus símbolos de control territorial y frenar la intimidación que ejercen sobre la población en barrios y colonias.
Detalles de las penas y sanciones
La reforma al artículo 587 del Código Penal es el eje central de esta ley. Establece un rango de castigo de 30 a 40 años de prisión para cualquier integrante de una asociación terrorista. No obstante, para quienes actúen como cabecillas, directivos, promotores o financistas, la ley contempla penas que inician en los 40 años y pueden extenderse hasta la prisión perpetua.
La ley también busca erradicar la presencia simbólica de estas bandas en la vía pública. Se equipara a los integrantes o colaboradores de estas estructuras con quienes elaboren, difundan o coloquen grafitis y mensajes que representen amenazas o control territorial, imponiéndoles igualmente penas de 30 a 40 años de cárcel.
Cambios procesales y operativos
Además de las condenas, la ley introduce modificaciones sustanciales en el ámbito procesal y penitenciario:
- Allanamientos sin orden judicial: Se faculta a la Policía y agentes de seguridad, en coordinación con el Ministerio Público, para realizar registros sin autorización judicial previa cuando existan indicios fundados y urgentes de la presencia de armas, evidencias o miembros de estructuras criminales que corran riesgo de desaparecer.
- Prisión Preventiva: Se establece la prisión preventiva obligatoria para los delitos asociados a estas estructuras.
- Plazos de detención: Se amplía a 48 horas el plazo legal para poner a disposición judicial a los detenidos por delitos vinculados a esta normativa.
La postura del Legislativo
El presidente del Congreso Nacional, Tomás Zambrano, defendió la aprobación de la ley argumentando que el Estado requiere herramientas legales más contundentes para recuperar la seguridad. Zambrano señaló que el objetivo es fortalecer la respuesta institucional y adelantó que se realizarán evaluaciones periódicas sobre los resultados de estas medidas.
El texto aprobado fue consolidado tras integrar propuestas del Consejo Nacional de Defensa y Seguridad (CNDS), el Instituto Nacional Penitenciario (INP) y diversas comisiones legislativas, con el fin de proporcionar un marco jurídico que permita investigar, perseguir y juzgar de manera «proporcional y eficaz» a las estructuras que el Estado hondureño ha catalogado como terroristas.

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